Seguro de Vida y Sepelio.
SEGURO DE SEPELIO
El seguro colectivo de sepelio corresponde al afiliado titular, y al grupo familiar primario del mismo. (Cónyuge, concubina/o, e hijos/as hasta los 21 años de edad o hasta los 25 años inclusive, que se encuentren cursando estudios regulares oficiales).
Requisitos:
- Ser empleado de la actividad de juegos de azar.
- Contar con los aportes pagos de seguro de vida y sepelio
PROCEDIMIENTO:
- Seleccionar del listado la/s cochería/s más cercanas a tu domicilio (descargar documento, del lado izquierdo de la pantalla).
- Presentar, en la cochería elegida, el recibo de sueldo, indicando que ALEARA cubre el sepelio a través del INSTITUTO DE SEGUROS
- Una vez que el familiar o titular comenzó el trámite en la cochería, deberán comunicarse de lunes a viernes de 9 a 17 hs al 011-5235-9810, para que desde el sindicato le enviemos la autorización del servicio a la cochería.
- Si llegara a suceder durante el fin de semana o fuera de nuestro horario de atención, las cocherías puede hacer firmar un pagare al familiar o titular, hasta asegurarse de tener la documentación completa para tramitar el cobro del servicio.
- Otro caso que se puede dar, es que abonen el servicio, y luego presenten la factura original, y desde aquí tramitamos el reintegro. Aclaración: el reintegro lo paga el Instituto Cooperativo de Seguros, por lo cual esto demora un mes aproximadamente.
MONTOS TOPES POR REINTEGRO (A PARTIR DEL 01/09/2024)
Menores Hasta 7 años: $720.000
Mayores: $900.000
Documentación a presentar:
- Factura Original de la cochería.
- Certificado laboral Original certificado por el banco o un escribano.
- Copia de los tres últimos recibos de sueldo.
- Copia del certificado de defunción de la persona fallecida.
- Copia del DNI de quien abono la factura del servicio por sepelio.
No cubre traslados de larga distancia, impuestos de entierro o cremación.
SUBSIDIO POR FALLECIMIENTO - NUEVO VALOR, VIGENCIA 01/08/2024. Sólo para empleados de la actividad de juegos de azar que estén afiliados a ALEARA
- Se entrega un subsidio por el fallecimiento del afiliado titular de $150.000 a los familiares del mismo.
- Se entrega un subsidio por el fallecimiento del conyuge del afiliafo titular de $100.000
Documentación a presentar:
- Copia del último recibo de sueldo del titular
- Certificado laboral
- Copia de certificado de defunción
- Copia de la libreta de matrimonio / certificado de convivencia
- CBU
SEGURO DE VIDA
- Se otorga cuando fallece el Titular
- Debe tener aportes de Seguro de Vida
- El monto a abonar por Seguro Colectivo de Vida es de $10.000 (pesos diez mil).-
- Si el titular fallece por accidente el seguro se paga doble, pero deben presentar copia del expediente completo de la causa.
- Cuando fallece el titular solo pueden cobrar el seguro de vida los herederos forzosos:
-Esposo/a (casados legalmente)
-Hijos Mayores de 18 años (si son menores, cobra quien tenga la patria potestad o tutela de los mismos con documentación que acredite dicho vínculo)
-Si el titular no tuviera esposo/a ni hijos, cobran sus padres.
El concubinato NO tiene vocación hereditaria, es decir, no puede cobrar dicho seguro.
Documentación a presentar a quien corresponde que cobre el seguro:
- TITULAR SOLTERO SIN HIJOS: (Heredan los padres del titular)
. Copia del Certificado de defunción
. Certificado laboral original certificado por banco o escribano.
. Copia de los dos últimos recibos de sueldo.
. Copia del Certificado de Nacimiento del titular.
. Copia libreta de casamiento de los padres.
. Copias de los DNI madre y padre. (Si alguno esta fallecido, copia del certificados de defunción)
- TITULAR SOLTERO CON HIJOS MENORES o MAYORES: (Herederos los hijos)
Si los hijos son menores de 18 años, quien cobra el seguro por ellos son sus tutores legales.
. Copia del Certificado de defunción.
. Certificado laboral original certificado por banco o escribano.
. Copia de los dos últimos recibos de sueldo.
. Copia del DNI del hijo/s
. Copia certificado de nacimiento del hijo/s
. Copia del DNI del tutor legal de los hijos menores. (En caso de hijos mayores no es necesario)
- TITULAR CASADO SIN HIJOS: (Hereda la esposa)
. Copia del Certificado de defunción.
. Certificado laboral original certificado por banco o escribano.
. Copia de los dos últimos recibos de sueldo.
. Copia del Certificado de matrimonio.
. Copia del DNI del cónyuge.
- TITULAR CASADO CON HIJOS MENORES o MAYORES: (Hereda un 50% la esposa y el otro 50% se reparte entre los hijos).
. Copia del Certificado de defunción
. Certificado laboral original certificado por banco o escribano
. Copia de los dos últimos recibos de sueldo
. Copia del DNI de la cónyuge
. Copia del certificado de matrimonio.
. Copia DNI de los hijos
. Copia certificado/ acta de nacimiento hijos
Para solicitar el servicio y evacuar dudas escribinos a: seg_vida_sepelio@aleara.com.ar