Alsina 946/48, C1088AAB, Bs. As., Argentina
Tel: (5411) 5235-9810

Seguro de Vida y Sepelio.

El seguro colectivo de sepelio corresponde al afiliado titular, y al grupo familiar primario del mismo. (Cónyuge, concubina/o, e hijos/as hasta los 21 años de edad o hasta los 25 años inclusive, que se encuentren cursando estudios regulares oficiales).

Requisitos:

  • Ser empleado de la actividad de juegos de azar.
  • Contar con los aportes pagos de seguro de vida y sepelio
     

PROCEDIMIENTO:

  • Seleccionar del listado la/s cochería/s más cercanas a tu domicilio (descargar documento, del lado izquierdo de la pantalla).
  • Presentar, en la cochería elegida, el recibo de sueldo, indicando que ALEARA cubre el sepelio a través del INSTITUTO DE SEGUROS
  • Una vez que el familiar o titular comenzó el trámite en la cochería, deberán comunicarse de lunes a viernes de 9 a 17 hs al 011-5235-9810, para que desde el sindicato le enviemos la autorización del servicio a la cochería.
  • Si llegara a suceder durante el fin de semana o fuera de nuestro horario de atención, las cocherías puede hacer firmar un pagare al familiar o titular, hasta asegurarse de tener la documentación completa para tramitar el cobro del servicio.

Otro caso que se puede dar, es que abonen el servicio, y luego presenten la factura original, y desde aquí tramitamos el reintegro. Aclaración: el reintegro lo paga el Instituto Cooperativo de Seguros, por lo cual esto demora un mes aproximadamente.

Documentación a presentar para tramitar el reintegro:

  • Factura Original de la cochería.
  • Certificado laboral Original certificado por el banco o un escribano.
  • Copia de los tres últimos recibos de sueldo.
  • Copia del certificado de defunción de la persona fallecida.
  • Copia del DNI de quien abono la factura del servicio por sepelio.

No cubre traslados de larga distancia, impuestos de entierro o cremación.


SUBSIDIO POR FALLECIMIENTO
- Sólo para empleados de la actividad de juegos de azar que estén afiliados a ALEARA

  • Se entrega un subsidio por el fallecimiento del afiliado titular a los familiares del mismo.
  • Se entrega un subsidio por el fallecimiento del cónyuge del afiliado titular.

Documentación a presentar:

  • Copia del último recibo de sueldo del titular
  • Certificado laboral
  • Copia de certificado de defunción
  • Copia de la libreta de matrimonio / certificado de convivencia
  • CBU

 

SEGURO DE VIDA COLECTIVO

  • Se otorga cuando fallece el Titular
  • Debe tener aportes de Seguro de Vida

Cuando fallece el titular solo pueden cobrar el seguro de vida los herederos forzosos:

  • Esposo/a (casados legalmente)
  • Hijos Mayores de 18 años (si son menores, cobra quien tenga la patria potestad o tutela de los mismos con documentación que acredite dicho vínculo)
  • Si el titular no tuviera esposo/a ni hijos, cobran sus padres.

El concubinato NO tiene vocación hereditaria, es decir, no puede cobrar dicho seguro.

Documentación a presentar  a quien corresponde que cobre el seguro:

TITULAR SOLTERO SIN HIJOS: (Heredan los padres del titular)

  • Copia del Certificado de defunción
  • Certificado laboral original certificado por banco o escribano.
  • Copia de los dos últimos recibos de sueldo.
  • Copia del Certificado de Nacimiento del titular.
  • Copia libreta de casamiento de los padres.
  • Copias de los DNI, CUIL y CBU de madre y padre.

TITULAR SOLTERO CON HIJOS MENORES o MAYORES: (Herederos los hijos)

Si los hijos son menores de 18 años, quien cobra el seguro por ellos son sus tutores legales.

  • Copia del Certificado de defunción.
  • Certificado laboral original certificado por banco o escribano.
  • Copia de los dos últimos recibos de sueldo.
  • Copia del DNI del hijo/s
  • Copia certificado de nacimiento del hijo/s
  • Copia del DNI del tutor legal de  los hijos menores. (En caso de hijos mayores no es necesario)

 

TITULAR CASADO SIN HIJOS: (Hereda la esposa)

  • Copia del Certificado de defunción.
  • Certificado laboral original certificado por banco o escribano.
  • Copia de los dos últimos recibos de sueldo.
  • Copia del Certificado de matrimonio.
  • Copia del DNI, CUIL y CBU del cónyuge.

 

TITULAR CASADO CON HIJOS MENORES o MAYORES: (Hereda un 50% la esposa y el otro 50% se reparte entre los hijos).

  • Copia del Certificado de defunción
  • Certificado laboral original certificado por banco o escribano
  • Copia de los dos últimos recibos de sueldo
  • Copia del DNI de la cónyuge
  • Copia del certificado de matrimonio.
  • Copia DNI de los hijos
  • Copia certificado/ acta de nacimiento hijos

 

Para solicitar el servicio y evacuar dudas escribinos a: seg_vida_sepelio@aleara.com.ar

 

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